LA INCLUSIÓN SOCIAL POR EL TRABAJO[1]

 

 

 

Por Eduardo Rojo Torrecilla[2]

 

 


I. INTRODUCCIÓN.

Deseo agradecer, en primer lugar, a la organización de estas VII Jornadas técnicas de empleo  su invitación a participar como ponente. Espero que mi intervención se ajuste a las peticiones que me formularon los organizadores, de tal forma que aborde con carácter general la mayor parte de las cuestiones que durante estas dos días de trabajo serán objeto de estudio detallado por cada ponente.  Mi intervención, como creo que no podría ser de otra en atención al dinamismo y complejidad de la materia laboral, desarrollará, ampliará y profundizará ideas y tesis ya expresadas en ocasiones anteriores en artículos doctrinales y en otros foros en los que he intervenido y debatido sobre la regulación de las múltiples cuestiones que afectan al mundo del trabajo y a los colectivos que llamamos más desfavorecidos, y como en anteriores ocasiones será inacabada porque los cambios en el mundo laboral, tanto sociales como legislativos, se siguen produciendo de forma extremadamente rápida. También se nutre de aportaciones, puestas al día, que efectué para Cáritas Española con ocasión del debate previo a la aprobación del Plan Nacional para la Inclusión Social. Como siempre que hablo de cuestiones laborales, quiero finalizar este breve introducción subrayando que buena parte de las ideas contenidas y desarrolladas en la ponencia son fruto del rico e intenso debate intelectual habido en la Fundación Utopía de Estudios Sociales del Baix Llobregat con el que fue su primer presidente, Juan N. García-Nieto, mi maestro en los ámbitos sociales y del que aprendí el valor por luchar y trabajar permanentemente para construir, para crear, una sociedad mejor para quienes más lo necesitan.

 

Mi exposición tratará de ajustarse al mismo orden de presentación de las restantes ponencias de estas Jornadas, si bien con algunos ligeros cambios en orden a enfatizar algunos aspectos más relevantes de mi estudio. Por consiguiente, iniciare mi intervención con unas consideraciones de carácter generales sobre la inclusión o inserción social por lo económico y la importancia que en ella tiene el trabajo. Lógica secuencia del punto anterior debe ser, y así será, el estudio de la evolución del concepto y la práctica del trabajo en las últimas décadas y los nuevos retos que se abren ante el mundo del trabajo. El diagnóstico de la situación del empleo y la inclusión en España y en el ámbito comunitario centrará la siguiente parte de mi intervención, acompañada de unas breves referencias a la incidencia que está asumiendo el proceso de globalización económica y social en el mundo del trabajo. Pasaré a continuación a examinar cuáles son los llamados colectivos desfavorecidos y qué medidas se instrumentan en el ámbito legislativo español para facilitar su incorporación o mantenimiento en el mercado de trabajo, deteniéndome en los jóvenes, las mujeres, los desempleados mayores de 45 años, los inmigrantes, los discapacitados, los perceptores de prestaciones asistenciales, los drogadictos y alcohólicos en proceso de rehabilitación, y quienes viven en zonas degradadas,  con una referencia específica, pero válida para todos ellos, a una norma de relevancia especial cual es la Carta de Derechos Sociales del País Vasco. El último bloque de mi intervención se centrará en la exposición de qué medidas deben adoptarse para encarar los retos que plantea la búsqueda de un empleo mejor y más estable, que al mismo tiempo facilite la inclusión de las personas de más difícil acceso al mercado de trabajo, y dedicaré una especial atención a una de dichas medidas, la creación de empresas de inserción, en cuanto que ha sido objeto muy recientemente de regulación por primera vez en el ámbito estatal, a partir de lo dispuesto en la disposición adicional novena de la Ley 12/2001 de 9 de julio de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y  la mejora de su calidad.

 

 

II. INSERCIÓN POR  LO ECONÓMICO E INTEGRACIÓN SOCIAL.

 

1.La inserción por lo económico prioriza un tipo de empresa intensiva en mano de obra, "pero dando prioridad a los puestos de trabajo accesibles para aquellas personas con un bajo nivel de cualificación", y que ofrecen de forma conjunta un servicio de formación-inserción, "que requiere una financiación pública destinada a compensar el coste adicional debido a las circunstancias, a la baja productividad de los trabajadores en proceso de inserción y al esfuerzo de cualificación que se les exige"[3]. Dicho con los términos utilizados por Ley francesa de orientación de lucha contra las exclusiones, de 29 de julio de 1998, "la inserción por la actividad económica tiene por objeto permitir a personas sin empleo, que padecen dificultades sociales y profesionales particulares, beneficiarse de contratos de trabajo con el objetivo de facilitar su inserción social y profesional... (mediante) modalidades específicas de acogida y de acompañamiento".

 

2.Antes de abordar las cuestiones más técnicas durante mi intervención, me parece necesario y conveniente efectuar unas breves consideraciones generales sobre las políticas de inserción.  Más en concreto, me parece necesario que nos planteemos cómo debe entenderse la inserción, con el objetivo declarado de demostrar que sus problemas y peculiaridades no son de carácter estrictamente laboral sino también de índole social; piénsese en la problemática de la deficiente escolarización, malas condiciones sanitarias o hábitats degradados por poner sólo algunos ejemplos significativos, y que ha llevado a las instancias comunitarias a utilizar la expresión "marginación social" (= exclusión social) con preferencia a la de "pobreza", por considerar que la misma es más dinámica y pone de manifiesto que el problema no es sólo la insuficiencia de ingresos derivada de la no participación en la vida laboral productiva, sino que también se manifiesta en los ámbitos de la vivienda, la sanidad, la educación o la vida social. Así parece entenderlo claramente la ley francesa, al indicar en su art. 1º que la lucha contra las exclusiones  “es un imperativo nacional y una prioridad del conjunto de las políticas públicas de la nación", y que la norma tiene por objetivo "favorecer el acceso de todos a los derechos individuales y colectivos fundamentales en los ámbitos del empleo, alojamiento, protección de la salud y de la educación, la formación, la cultura y la vida familiar". 

 

3.La lucha contra la exclusión debe pasar además por la íntima vinculación entre el crecimiento económico y la política social, además de la acción combinada de las Administraciones Públicas y de las iniciativas social y privada, tal como constata el profesor J. García Roca, para quien la protección social y el apoyo a los colectivos desfavorecidos es "una nota constitutiva del crecimiento económico y un factor importante del éxito económico"[4]. No sirven sólo políticas exclusivamente laborales para estos colectivos pues no cabe olvidar la dificultad intrínseca en que se encuentran en el ámbito laboral y que lleva a que numerosos empresarios observen con muchas reticencias la posibilidad de incorporar a las personas afectadas a su empresa por sus dificultades de empleabilidad, y basta con tomar en consideración el reducido número de contratos formalizados con colectivos en situación de exclusión social en España. Y también parece necesario plantear la articulación de las medidas dirigidas a estos colectivos con las que tienen por sujetos al conjunto de la población trabajadora, tratando de evitar, como muy correctamente apunta la exposición de motivos de la ley francesa, "la formación de un derecho de los excluídos que podría ser estigmatizante y sinónimo de un derecho de segunda clase".

 

4. Las estructuras de inserción por lo económico deberán integrar, pues, las prestaciones económicas (rentas mínimas de inserción), las medidas de apoyo para incorporarse al mundo del trabajo de grupos o colectivos desfavorecidos, la posibilidad de prestar una actividad en el seno de las empresas de inserción, o la posibilidad de prestar trabajo en obras y servicios de interés público y social en virtud de los convenios de colaboración que establece el Estado con diferentes órganos de las Administraciones y sus organismos autónomos[5], y en los que se dispone que se primará, en todo el ámbito estatal, la ejecución de obras o servicios en determinadas actividades y ocupaciones, entre las que se encuentran de forma expresa las de Asistencia Social, incluyéndose dentro de la misma las ayudas a colectivos marginados, la tercera edad y a los jóvenes con dificultades para su inserción social.

 

Las políticas de inserción deben instrumentarse no sólo directamente por la Administración, sino también en estrecha colaboración con empresas, entidades o instituciones colaboradoras, pudiendo la norma prever, tal como se regula en la normativa catalana sobre la renta  mínima de inserción, las subvenciones económicas a empresas y entidades de inserción que contraten laboralmente a los destinatarios de los programas de rentas mínimas, así como incentivar medidas que impliquen “la autoocupación de los destinatarios de la renta mínima de inserción con la colaboración, en caso oportuno, de otros organismos o entidades”.   

 

5. La inserción por lo económico ha de servir no sólo para que se incorporen al mundo laboral quienes se encuentran fuera de él, sino también para mejorar la situación de aquellas personas que, aun estando dentro del mercado laboral también debe considerárseles como “trabajadores pobres” en razón de sus reducidos salarios, fenómeno que no sólo se da, como se suele explicar habitualmente, en los países anglosajones, sino que también tenemos ejemplos directos muy cercanos a nosotros, como es el caso de Francia donde “cerca de un asalariado sobre seis, es decir alrededor de 3 millones de personas, tenía en 1999 una remuneración neta mensual inferior a 5000 francos”[6]. Caritas (Secours Catholique) en su informe de 1999 manifestaba que no es suficiente tener un empleo para estar al abrigo de la necesidad, demostrándolo claramente con el dato de que en dicho año cerca de un 25 % de las personas asistidas por la institución tenían un trabajo. Al abordar la resolución de este importante problema en Francia, y pongo nuestro vecino país como ejemplo pues muchas de las medidas que allí se adoptan inspiran las que se incorporan después al ordenamiento jurídico español como ocurrió con la regulación de la renta mínima de inserción, se han subrayado por los estudiosos de esta materia tres tesis que me parece importante remarcar[7]:

 

En primer lugar, la importancia de atacar el desempleo estructural, y ello significa en palabras de J.B. de Foucault “aumentar la empleabilidad de las personas que hoy estan descualificadas en el mercado de trabajo, por una inversión masiva en formación, o bien disminuir el coste del trabajo, además de adoptar medidas para mejorar la renta de los trabajadores pobres”.

 

En segúndo término, y tal como constata S. Pagam, la nueva realidad laboral en términos de mayor flexibilidad y precariedad provoca que el razonamiento y debate sea equivocado si sólo se plantea en términos de empleo o desempleo, y no también de una mayor precariedad del trabajo, para muchas personas que están permanentemente en situación de riesgo de pérdida de empleo. Volveré con más detalle sobre esta cuestión cuando analice los cambios en el mundo del trabajo en el epígrafe siguiente.

 

Por último, me parece muy importante, y coincido plenamente con ella, la tesis de J.B. de Foucauld sobre la importancia de defender y reforzar un modelo social europeo que luche al mismo tiempo contra la explotación y la exclusión, a diferencia del modelo anglosajón que reduce la exclusión y refuerza la explotación. Hasta épocas bien recientes se ha privilegiado lo cuantitativo sobre lo cualitativo, con el argumento que era mejor aceptar cualquier empleo antes que estar en desempleo. Ahora, siempre según Foucault, afortunamdamente estamos en la fase de “apercibirnos que practicando una flexibilidad a la baja (todo vale) y reduciendo fuertemente el coste del trabajo, se acaba por crear empleo pero fabricando trabajadores pobres y explotados”.

 

6. La inclusión por lo económico es obviamente uno de los objetivos del Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social (PNAIS) del Reino de España (junio 2001- junio 2203), aprobado por el Consejo de Ministros el 25 de mayo de 2001 y que será objeto de explicación detallada y exhaustiva en la siguiente ponencia, por lo que sólo abordaré aquellos aspectos del mismo que considero más relevantes.

 

El Plan se ha elaborado de acuerdo con las orientaciones estratégicas en todos los ámbitos de la política social recogidas para los próximos cinco años en la Agenda Social Europea aprobada en la reunión de Jefes de Estado y de Gobierno en Niza el 7 de diciembre de 2000. 

 

El documento recuerda que las Comunidades Autónomas (CC.AA.) han asumido competencias en las áreas de empleo, salud, educación, vivienda y servicios sociales, “todas ellas imprescindibles en las políticas de inclusión social”, y que las Corporaciones locales “ostentan también competencias de gestión de servicios en muchas de las áreas mencionadas”.

 

La exclusión social se manifiesta en diversos ámbitos: pobreza, en el sentido de ingresos económicos; dificultad en la integración laboral, problemas de acceso a la educación y  a los mínimos educativos; ausencia de una vivienda digna; carencia de salud, de capacidad psico-física o de asistencia sanitaria; ausencia o insuficiencia de apoyos familiares; ámbitos de marginación social; dificultad en el acceso a la justicia; problemas para el acceso o aprendizaje a las nuevas tecnologías.  Como factor transversal en España, no puede olvidarse “la mayor intensidad de los fenómenos de pobreza y exclusión social entre las mujeres (feminización de la pobreza)”.

 

Entre las líneas prioritarias del PNAIS subrayo dos de ellas: “empleo de calidad para todos: incorporar al empleo a los colectivos en riesgo de exclusión en general y, fundamentalmente, a los grupos de jóvenes, mayores de 45 años, mujeres y personas con discapacidad”; “recursos dignos para vivir: buscar la cobertura de ingresos para una vida digna con especial referencia a las rentas mínimas de inserción (RMI), pensiones mínimas y ayudas para situaciones de emergencia”. 

 

El Objetivo nº 1 del Plan es el fomento del acceso al empleo para las personas en situación o riesgo de exclusión.  Entre las medidas propuestas está la de “apoyar a las empresas de inserción y promover su regulación legal, mejorando su operatividad”. También, “favorecer la contratación pública de las empresas que empleen un número significativo de personas en situación de exclusión, dentro del marco legal vigente”, e incentivar desde las diferentes Administraciones Públicas “la ampliación de los servicios de proximidad, priorizando la contratación de colectivos desfavorecidos y apoyando la formación de los mismos”. Así mismo, se propone el apoyo económico a las ONGs “para gestionar programas integrados de inserción laboral dirigidos a colectivos en riesgo de exclusión, en el marco de los programas operativos del Fondo Social Europeo”.   

 

El Objetivo núm. 2 del Plan es el fomento del acceso a todos los recursos, derechos, bienes y servicios.

 

El PNAIS propone avanzar en el diseño consensuado con  las CC.AA. de una regulación de criterios básicos de las RMI, impulsando la delimitación de criterios básicos comunes sobre “requisitos, cuantías y mecanismos de control y evaluación”. También se propone coordinar las RMI (es decir, competencia autonómica) con las rentas activas de inserción (es decir, competencia del INEM o de las CC. AA.) que tengan transferida la gestión de las políticas activas de empleo), “garantizando la necesaria colaboración de los servicios de empleo y  los servicios sociales”. Se propone igualmente realizar estudios que analicen la significación económica y los efectos sobre el empleo de las RMI. Otra medida es la de vincular la percepción de la RMI con la escolarización obligatoria de los niños y niñas de familias beneficiarias.

 

En cuanto a la mejora de la situación de los jóvenes como grupo vulnerable merecedor de protección especial, el documento propone desarrollar el Plan de Juventud 201-2003, siendo una de las medidas la de “fomentar la empleabilidad y estabilidad de los jóvenes en el mercado de trabajo, mediante itinerarios personalizados y medidas de acompañamiento, especialmente a través de programas gestionados por ONGs”.

 

Una medida propuesta para los inmigrantes es la mejora de la cualificación profesional, la situación laboral y las correspondientes medidas de protección social de las mujeres inmigrantes “que trabajen en los servicios de atención en el hogar, y en general en los servicios de proximidad”.

 

El Anexo I del Plan es un documento titulado “Diagnóstico sobre la situación de la exclusión social en España”, y recuerda de entrada algo importante: el concepto de pobreza es de alcance económico y hace referencia al nivel de ingresos, es decir alude a estados carenciales o de necesidad, mientras que el de exclusión social es más amplio porque alude “a un proceso social de separación, del conjunto de integrantes de un grupo social, de sus posibilidades laborales, económicas, sociales, educativas, culturales y políticas a las que otros colectivos sí tienen acceso y posibilidad de disfrute”.

 

Es preocupante en España el proceso de juvenalización de la pobreza, y los datos de los Informes FOESSA demuestran que los niveles de pobreza más importantes (extrema y severa) se producen en familias numerosas con una media de edad joven muy acusada (ej.: tasa de juventud del 42 % en el caso de la pobreza extrema), “con elevados niveles de inserción deficitaria (subempleados) o inexistente (parados) en el mercado de trabajo, con niveles de analfabetismo (incluyendo el funcional) muy elevado y con otros problemas asociados”.

 

Otro dato importante merece traerse a colación: la dilación temporal de la situación de parado y el genero del trabajador (las mujeres superan a los hombres en 7 puntos en el desempleo de larga duración) “acentúan la probabilidad de que la experiencia de parado derive en exclusión social”. 

 

Para los trabajadores más jóvenes con baja cualificación laboral también la problemática del desempleo es importante. De hecho, estos jóvenes, que además suelen tener niveles mínimos educativos y culturales tienen un mercado “propio” de trabajo que se caracteriza por actividades de escasa cualificación en algunos sectores de la industria o servicios, tales como “mozos, vendedores, camareros, transportistas, mensajeros, o en el mejor de los casos, trabajadores auxiliares de oficio como telefonista, caja, etc”). El informe enfatiza que para estos jóvenes puede darse “un círculo de difícil salida” ya que muchos de los que abandonan el sistema escolar o no alcanzan el nivel fijado en los tramos obligatorios del sistema educativo “mantienen una baja o escasa cualificación que les lleva a los puestos peores o menos atractivos (que a su vez es lo que se reserva a los jóvenes más descualificados, lo cual refuerza su baja formación), que además se caracteriza por una escasa duración... todo lo cual impide una secuencia de mejora de la cualificación o la posición en la correspondiente actividad laboral”.

 

El informe alerta sobre la situación laboral de los inmigrantes económicos, en especial los no regularizados, ya que “por regla general, en el mercado de trabajo se encuentran en riesgo de explotación, marginación laboral, bajos salarios, eventualidad en el empleo y horarios incontrolados”.

 

Dos últimas observaciones significativas al objeto de mi Ponencia. Al referirnos al fracaso escolar, se identifica este en la actualidad  con el nivel de alumnos que no se encuentran matriculados en el curso que, teóricamente le corresponde a su edad, en la escolaridad obligatoria. Pues bien, en España hay, al llegar a los 15 años, 216.644 alumnos en esa situación, es decir un 40 % de la población en esta edad.

 

En fin, el documento subraya que queda mucho por hacer aún en el ámbito de la incorporación de las nuevas tecnologías a la vida social y laboral en España. En el año 2000 sólo un 30 % de la población usaba el ordenador, y solo un 10 % de los españoles tenía acceso a Internet. Porcentajes que se han ido incrementando dos o tres puntos porcentuales cada año, lo cual parece muy poco ante el avance tecnológico cada vez más rápido y acusado.

 

 

III.REPENSAR QUÉ TRABAJO EXISTE Y EN QUÉ CONDICIONES SE DESARROLLA A LA ALTURA DEL NUEVO MILENIO.

 

1.Parece necesario repensar el concepto y  la práctica del trabajo y  la ciudadanía, tal como nos proponía el profesor Umberto Romagnoli en una conferencia pronunciada el 14 de noviembre de 2000 en la Fundación Utopía Joan N. García-Nieto de Estudios Sociales del Baix Llobregat, en un momento en que las relaciones políticas, económicas y sociales cada vez están más internacionalizadas y globalizadas, aunque este proceso no haya servido para reducir las diferencias entre los Estados ni dentro de cada uno de ellos entre sus ciudadanos. Con razón denunció el Papa Juan Pablo II en un discurso pronunciado el 4 de noviembre de 2000 durante el encuentro con los gobernantes, parlamentarios y políticos con ocasión del jubileo, el escándalo de las sociedades opulentas de hoy “en las que los ricos se hacen cada vez más ricos, porque la riqueza produce riqueza, y los pobres son cada vez más pobres porque la pobreza produce pobreza”, y que ello no se da sólo en el ámbito estatal, ya que ante el fenómeno de globalización de los mercados “los países ricos y desarrollados tienden a mejorar ulteriormente su condición económica, mientras que los países pobres – exceptuando algunos en vías de desarrollo prometedor – tienden a hundirse aún más en formas de pobreza cada vez más penosas”, pidiendo después que se apueste por doblegar las leyes del mercado salvaje a las de la justicia y la solidaridad[8]. Y conviene ya apuntar aquí que estas situaciones de explotación también se producen en nuestro país como se pone de manifiesto en un reciente Cuaderno de CiJ sobre los “trabajo basura”, en el que se recogen varias experiencias de la vida cotidiana laboral y se demuestra el escaso o nulo cumplimiento de la normativa laboral en muchos casos, de forma que “el contrato de trabajo se convierte en ocasiones en un verdadero sin trato[9].

 

2. Ciertamente cambia el trabajo y la ciudadanía en la Europa del tercer milenio, y debemos preguntarnos si las tres funciones clásicas que se anudan al primero, cuales son la percepción de una remuneración, la inserción social y la autorrealización, se siguen dando en la actualidad para la mayor parte de las personas que trabajan, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia[10]. Analicemos con detalle esta cuestión.

 

Desde la década de los setenta han sido frecuentes los estudios sobre los cambios en el mundo del trabajo, y tales estudios se han intensificado en los últimos años, efectuados tanto desde ámbitos de estudio universitarios como desde las propias organizaciones sociales, a fin de tratar de entender cuáles son las nuevas realidades del mundo del trabajo, hasta qué punto los asalariados son más autónomos en su trabajo cotidiano pero al mismo tiempo tienen un nivel más alto de exigencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus tareas, cómo son las relaciones con sus superiores, cómo se han reordenado los tiempos de trabajo y los tiempos sociales al hilo de las reducciones de jornadas operadas en los últimos años para la mayor parte de los trabajadores[11], habiéndose subrayado por la doctrina respecto a esta última cuestión que se ha producido “una mayor petición de control por los asalariados sobre sus estructuras temporales de trabajo, así como de una búsqueda de equilibrio entre los tiempos sociales”[12].

 

Cuando nos referimos al concepto de trabajo en la actualidad, así como a los cambios que se producen en el mismo, parece ya carente de sentido referirse sólo a una actividad productiva identificada durante mucho tiempo con el trabajo industrial manual que va de la mano con el predominio de un modelo laboral de corte taylorista primero y fordista después, surgido a partir de la segunda guerra mundial y en donde el universo laboral, en el que el trabajo se constituía como eje central de la ciudadanía social, “se basaba en la cultura del empleo estable, en la filosofía del pleno empleo y en la centralidad de la relación salarial”[13]. Los cambios económicos, organizativos empresariales y en la estructura de la población trabajadora, han puesto en cuestión ese modelo y esa centralidad desde los inicios de la década de los ochenta, cuestionamiento que se ha incrementado en los últimos años, y desde ámbitos sindicales se ha hecho notar, acertadamente a mi entender, que frente a la antigua concepción homogénea del trabajo industrial, la experiencia actual del trabajo “se caracteriza por una diversidad entre los trabajadores que se articula alrededor de tres ejes principales: el tiempo, el espacio y  la regulación contractual”, o dicho de forma más gráfica, diversidad de tiempos, lugares de prestación de servicios y condiciones de trabajo[14]. Por todo ello, no puede sorprendernos que desde ámbitos sociológicos se argumente que el modelo de sociedad que se perfila en el futuro inmediato es el de una sociedad “de los trabajos, algunos de ellos cambiantes y efímeros, antes que una sociedad del trabajo centrada sobre una idea de plenitud y estabilidad como la que tenido el Occidente capitalista en el siglo pasado”, en la que los contratos temporales, para muchas personas, “están suplantando el tradicional período de prueba para convertirse en la modalidad normal de ingreso en el mercado de trabajo”[15]. Un mundo “de los trabajos” en donde la estructura de la clase trabajadora cambia sensiblemente respecto a la de épocas anteriores y en donde, dicho gráficamente por un destacado economista francés, “la nueva clase obrera está hoy más concentrada  en los hipermercados que en la industria del automóbil, y sufre en toda su intensidad la presión del cliente”[16]; un mundo “de los trabajos” donde las fronteras entre tiempo de trabajo y vida privada son cada vez más frágiles, y sirva como ejemplo concreto un reciente estudio realizado en Francia en el que se constata que el 30 % de los asalaridos (un 60 % en el caso de directivos intermedios) se lleva trabajo a su casa, y que el 38 % de los asalariados (un 55 % en el caso de los directivos intermedios) recibe llamadas profesionales fuera del horario laboral[17]

 

La existencia de estos cambios a los que me acabo de referir se refuerza con los datos y reflexiones recogidos en la Memoria del Director General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Juan Somavia, presentada a la sexta reunión regional europea de esta organización que se llevó a efecto el mes de diciembre del pasado año[18],  cuyo volumen I lleva el expresivo título “El trabajo decente en la economía de la información”, y en el que se afirma que “el futuro de la política social (es decir el futuro de la política que afecta a los trabajadores en especial) se está jugando actualmente en Europa, en donde se están configurando las respuestas a los problemas sociales que entraña la mundialización”.

 

Dicho futuro está condicionado, además, por los cambios que se producirán en el mercado laboral en los próximos años y que cualquier política de empleo deberá tomar en consideración; según datos aportados por la Comisión Europea, que volveré a utilizar al estudiar las políticas comunitarias, se producirá el descenso de la población joven y el incremento de la población madura y de la tercera edad laboral: entre 1995 y 2025 el número de jóvenes menores de 20 años disminuirá en nueve millones y medio, un 11 % respecto del número actual; el grupo de 20 a 59 años disminuirá en más de 13 millones, un 6’4 %, mientras que los adultos de más de 60 años aumentarán en más de 37 millones, es decir en más de un 50 %, debido al acceso de los baby-boomers de los años 50 y 60 a la edad de jubilación[19]. En algunos países de la Europa comunitaria el crecimiento de la población en los últimos años se ha producido no tanto por el incremento natural de la población sino principalmente por el aumento de las migraciones, de tal forma que países como Grecia, Italia o Suecia hubieran decrecido en población si no se hubiera producido dicho fenómeno migratorio. Por lo que respecta a España cabe apuntar ahora un dato complementario que guarda relación con ese fenómeno: se daría un descenso de la población si no fuera porque la natalidad de las mujeres inmigradas es superior a la de las españolas. En efecto, la media de las segundas es de 1’07 hijos por mujer, mientras que en las procedentes de África  es de 1’6 hijos y en las que llegan de América central y del sur es de 1’39. Según los últimos datos cerrados sobre movimiento natural de población (registros de nacimientos y de fallecidos), de 1998, esta sólo creció en 4682 personas, mientras que los hijos nacidos de parejas en que la madre o el padre son extranjeros fueron 20.706, por lo que es correcta la afirmación de que “descontados esos hijos nacidos de extranjeros, la población nativa no tendría capacidad para reponer los fallecimientos”[20] 

 

En el informe del Director General de la OIT se hace especial referencia, pensando en el conjunto europeo, al efecto de la deslocalización de los puestos de trabajo y sus efectos sobre el tejido empresarial de toda Europa, afirmando que “en la medida en que en Europa se están combinando las capacidades profesionales en información y comunicaciones de sus regiones occidental y oriental, entre las que existen diferencias sustanciales de costos laborales y de otra índole, la difusión de las TIC (tecnologías de la información y conocimiento) podría redundar en grandes cambios por lo que se refiere a la división del trabajo en el continente”  Las nuevas tecnologías inciden muy directamente en el empleo de personal cualificado, y ante la falta de éste en numerosos países europeos “los círculos de empleadores están ejerciendo presiones para flexibilizar las leyes de inmigración”, algo sobre lo que alerta el informe cuando se refiere al efecto útil para los países receptores pero que puede “desencadenar una fuga de cerebros en los países de origen de los trabajadores”. En esta misma línea, una Comunicación de la Comisión Europea analiza algunos aspectos problemáticos de las migraciones y enfatiza el coste que supone para la economía local de los países en desarrollo el que la emigración “sea de los más cualificados y emprendedores de la población, ya que (estos países) son los que menos pueden permitirse perder las inversiones que han hecho en educación y formación, particularmente de los beneficiarios de enseñanza superior”[21].

 

Pongamos sobre la mesa un dato importante para repensar el trabajo. En Europa, “mas de la mitad de la fuerza de trabajo de los países europeos más ricos está ocupada en actividades que consisten principalmente en el manejo de la información. En cuanto a su contenido, el trabajo está cada vez más basado en el conocimiento y menos en la actividad física”. La economía del conocimiento es ya una realidad en Europa, con crecimiento  del empleo de directivos, profesionales y técnicos dos veces superior a la media desde 1994,  tal como se puso de de manifiesto en la semana del empleo celebrada el mes de noviembre de 2000 en Bruselas, dedicada precisamente a esta cuestión y en donde se constató, a partir de datos ofrecidos por las instituciones comunitarias, que son los países que más han crecido en dicho ámbito del empleo los que más ocupación generan, es decir que “los países que crean empleos los crean en el conjunto de los sectores, incluidos aquellos que emplean personas menos cualificadas, aún cuando crecen más en los sectores de materia gris”, y que los países que tienen una tasa elevada de personas en el mundo del trabajo con título universitario (ej: Suecia) “son también los que se benefician de una tasa de empleo más elevada, sensiblemente por encima de la media de la Unión”.

 

En suma, los cambios en el mundo del trabajo y del empleo deben ser objeto de atención tanto a escala internacional como comunitaria, estatal, regional o local, pues en todas ellas el mercado de trabajo aparece afectado por dichos cambios. La OIT subraya la importancia de estudiar tres aspectos de capital importancia en su relación con el empleo: el impacto de la tecnología, del comercio mundial y de la población; ello, desde la perspectiva de asegurar que “el empleo sea el punto central de las políticas sectoriales y económicas, tanto a nivel nacional como mundial”[22]. 

 

3. Ahora bien, es muy importante analizar y reflexionar no sólo sobre los cambios acaecidos en el crecimiento del empleo y su incremento en los nuevos sectores de la economía, sino que también ha de prestarse atención a su calidad y a los nuevos riesgos que se están desarrollando y que afectan a las condiciones de trabajo. Analizémoslos a continuación.

 

Preocupados durante mucho tiempo por la problemática del desempleo no hemos prestado especial atención a una cuestión que cada vez adquiere más importancia en el mundo laboral, y mucho más en un momento en que el desempleo tiene tendencia a la baja, cual es la de la calidad de nuestro trabajo, es decir de nuestras condiciones laborales, y ya he efectuado alguna referencia al respecto en la primera parte de mi exposición. Por ello es de suma oportunidad la publicación de la tercera encuesta europea, efectuada el pasado año por la Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, a 21.500 trabajadores asalariados y autónomos (1500 por cada Estado miembro, menos Luxemburgo con 500) sobre sus condiciones de trabajo, y cuyos resultados más significativos paso a comentar. 

 

A)Se produce un aumento de los problemas de salud, debidos en gran parte a las malas condiciones de trabajo . Por ejemplo,  el estrés es un problema para el 28 %; la fatiga general para el 23 %; un 33 % sufre dolores dorsales y casi la mitad de los encuestados afirman trabajar en condiciones  dolorosas o penosas.

 

El trabajo es cada vez más intenso, y su carácter evoluciona porque cada vez más está condicionado por el cliente, usuario o paciente, y más centrado en las tecnologías de la información. Los trabajadores temporales e interinos sufren peores condiciones de trabajo que los trabajadores fijos. Se trabaja “con prisas y con tensión”, ya que el 21 % de los encuestados considera que no dispone de suficiente tiempo para realizar su trabajo[23].

 

La encuesta demuestra la existencia de una fuerte relación entre el stress, los dolores o molestias musculo-esqueléticas y las características de la organización del trabajo tales como un trabajo repetitivo o con un ritmo de trabajo elevado; este último también guarda relación con los problemas derivados del incremento de los  accidentes de trabajo.

 

B)Aunque ha aumentado la autonomía del trabajador en su actividad, el trabajo repetitivo y monótono sigue teniendo bastante importancia; de tal forma, un 32 % de los encuestados declaran efectuar tareas repetitivas de una duración inferior a 10 minutos, y un 22 % de duración inferior a un minuto. Si bien aumenta el número de personas que pueden influir sobre su horario de trabajo, ello es debido a que es así para el 84 % de autónomos, mientras que sólo afecta al 36 % de los asalariados, y además la influencia es mayor para los hombres (47 %) que para las mujeres (41 %).

 

C)Un dato relevante debe destacarse: la proporcion de personas que trabajan con ordenador (aunque sea de forma ocasional) ha pasado del 39 % en 1995 al 41 % en el 2000, siendo mayor la incidencia entre los asalariados (43 %) que entre los autónomos (33 %). Repárese en la importancia que ello tiene de cara a una regulación adecuada de la seguridad y salud en el trabajo para el cada vez mayor número de trabajadores que pasan cadan día muchas horas delante de la pantalla del ordenador.

 

D)Cada vez hay más diferencia entre aquellos que trabajan poco y quienes trabajan mucho en términos de horas de trabajo: el 16 % efectuan menos de 30 horas por semana, mientras que el 20 % de los encuestados (el 14 % de asalariados) trabajan más de 45 horas semanales. Añádase a ello que la duración media de los trayectos cotidianos de ida y vuelta al trabajo es de 38 minutos, si bien hay un 18 % que declaran que dedican a ello más de 60 minutos diarios. En ocasiones parece que el “reparto del trabajo” no consista en que cada  vez se trabaje menos horas por todos, sino que unos pocos concentren la mayor parte de la actividad, y cabe concretar esta afirmación en un país, Inglaterra, donde las relaciones de trabajo han sufrido cambios sustanciales en las dos últimas décadas, y en donde un reciente estudio demuestra que “las horas de trabajo se han concentrado en menos hogares de trabajadores, en los que el promedio de horas de trabajo por persona trabajadora se ha incrementado desde 1981 en casi tres horas por semana”, situación que ha afectado más a las mujeres que a los hombres y más al sector público que al sector privado[24].

 

E)Sigue siendo elevado el número de personas que trabajan con jornadas distintas de la (cada vez menos) “clásica”. Así, un 18 % presta sus servicios en horario nocturno, un 22 % trabaja a turnos, el 47 % trabaja el sabado y el 24 % el domingo. Esta flexibilidad alcanza también a los horarios de trabajo ya que la irregularidad de estos afecta diariamente al 41 % de los encuestados.

 

En la presentación de los datos de la encuesta el Presidente de la Fundación, R. P. Bodin, afirmó que los resultados de la misma muestran la necesidad de un debate sobre la calidad del trabajo en Europa, tesis que comparto plenamente, ante la situación de concurrencia y competencia incesante que vivimos y ante la evolución de los cambios en los empleos y ocupaciones. Se afirma, y debe valorarse seriamente, que respecto a las encuestas anteriores “las condiciones de trabajo no mejoran, e incluso empeoran en algunos aspectos”, pues si bien ciertamente hay mejoras, estas no llegan a compensar los empeoramientos.  Por ello es importante debatir sobre esta cuestión, ya que hasta ahora el elevado nivel de desempleo en Europa había ocultado durante largo tiempo otras situaciones preocupantes como son el deterioro y la perdida de calidad de las condiciones de trabajo para un número no desdeñable de personas.

 

Para el director de la encuesta, P. Paoli, es importante subrayar que los europeos trabajan menos pero a un ritmo más acelerado, y que la flexibilidad en todas sus formas (tiempo de trabajo, organización, mercado de trabajo) ha devenido una de las características del trabajo en los últimos años, con importantes repercusiones sobre la vida familiar y social de los trabajadores. Como combinar flexibilidad y seguridad en el trabajo también es otro de los retos del futuro inmediato, junto con la adaptación de los sistemas de protección social a la diversidad de status de una persona en el transcurso de su vida activa[25].

 

Un documento de capital importancia para el estudio de la vertiente cualitativa del empleo es una Comunicación presentada a mediados de este año por la Comisión Europea y que paso a analizar a continuación[26].  

 

Se trata de un documento de indudable importancia y que marcará los debates sobre política social en los próximos meses, al igual que ocurrió con la Agenda Social Europea desde su publicación hasta su aprobación en la reunión de los Jefes de Estado y de Gobierno en Niza en diciembre de 2000. La Comunicación pretende proporcionar elementos de análisis y de debate suficientes para abordar las políticas de empleo en Europa en el futuro inmediato, y desarrolla algunas de las líneas expuestas en la Agenda Social Europea y algunos de los objetivos establecidos en las cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno desde la que se celebró en Lisboa en marzo de 2000.

 

La palabra clave del documento es “calidad” y sobre ella giran todas las consideraciones que se efectúan, si bien la mayor parte de su contenido se ajusta al debate sobre la calidad en el trabajo, definiendo objetivos y proponiendo indicadores para tratar de alcanzarlos.

 

El documento parte de la constatación de que la competividad económica debe ir estrechamente vinculada con la inversión en potencial humano y unos sistemas sociales fuertes en que apoyarse, y recuerda que en el ámbito social la cumbre de Niza subrayó que la calidad de la formación, del trabajo, de las relaciones laborales y de la política social, “son factores esenciales para que la Unión Europea cumpla los objetivos que se ha fijado en cuanto a competividad y pleno empleo”. El documento enfatiza las virtudes del modelo social europeo y critica que se suela olvidar, con ocasión de los reproches que se le formulan, la alternativa opuesta, cual es “el coste que implicaría la no existencia de esas políticas sociales”. 

 

Para promover la calidad del empleo y de la política social establece tres líneas de actuación: en primer lugar, hay que definir un enfoque claro del objetivo político de mejorar la calidad del trabajo; en segundo término hay que establecer “un grupo coherente y amplio de indicadores de la calidad del trabajo para reforzar la eficacia y eficiencia de la política para lograr el objetivo de mejorar la calidad del trabajo”; por último, la mejora de la calidad debe integrarse de forma total y coherente en las políticas sociales y de empleo. 

 

Para poder concretar qué indicadores hay que utilizar para medir la calidad  del trabajo primero debemos tratar de centrar que se entiende por tal, asumiendo que se trata de un concepto relativo y pluridimensional y que no se refiere, ni mucho menos, al dato de que el empleo tenga una buena remuneración. La Comisión considera que deberán tenerse en cuenta cuatro grandes bloques: las características objetivas relacionadas con el empleo, tanto las relativas al entorno en general como las características específicas del puesto de trabajo; las características del trabajador, la coincidencia entre sus caacterísticas y los requisitos del trabajo; la evaluación subjetiva de dichas características por parte del trabajador. Tratando de proporcionar el  marco adecuado para la medición, el documento propone agrupar los diferentes elementos en dos grandes grupos, debiendo todos ellos tomar en consideración el desglose por sexo y por regiones:

 

“Características de los puestos de trabajo: características objetivas e intrínsecas, incluidas la satisfacción profesional, la remuneración, las retribuciones en especie, la jornada laboral, las cualificaciones, la formación y las perspectivas de trayectoria profesional, el contenido del trabajo, la coincidencia entre las características del empleo y  las del trabajador.

 

El entorno del trabajo y el mercado laboral: igualdad entre hombres y mujeres, salud y seguridad, flexibilidad y seguridad, acceso al empleo, conciliación entre la vida profesional y la vida privada, diálogo social y participación de los trabajadores, diversidad y no discriminación”.

 

En suma, el documento propone un amplio conjunto de indicadores relativos a los diez elementos claves de la calidad, que deberán guardar estrecha relación con los principales objetivos y estándares políticos y los instrumentos que pueden adoptarse para conseguirlos. La propuesta comunitaria no implica la puesta en marcha de un nuevo proceso a escala europea, pero sí un nuevo enfoque político que asegure la coherencia en todos los ámbitos políticos entre “los objetivos políticos, los intrumentos disponibles y los indicadores utilizados para evaluar la consecución de los objetivos políticos globales”, integrando el objetivo de mejora de la calidad en las políticas sociales y de empleo a través de una serie progresiva de controles de calidad.

 

Por último, deseo subrayar que el documento manifiesta su preocupación porque algunos desarrollos bien recientes de los mercados de trabajo pueden llevar a un deterioro de la calidad del trabajo y a agravar los problemas de segmentación del mercado laboral y de exclusión de una parte de la población, y de ahí que enfatize la necesidad de combinar adecuadamente flexibilidad y seguridad, siendo a su parecer aspectos centrales para ello “una formación adecuada, el aprendizaje a lo  largo de toda la vida y  la inversión en recursos humanos”. 

 

4.Junto a un trabajo más cualificado y gratificante en muchas ocasiones, aprovechando las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, surgen, como ya he apuntado, nuevos problemas e inquietudes respecto a la degradación de las condiciones laborales a causa de los cambios tecnológicos. El informe de la OIT citado con anterioridad hace referencia a “la invasión de la vida privada del trabajador”, con especial atención a los problemas derivados del control que puede ejercer el empleador sobre la utilización de Internet y el correo electrónico del empleado”, o que las computadoras permitan llevar a cabo “un control estricto y en tiempo real de la productividad del trabajador”, citándose el ejemplo de los centros de atención telefónica “donde una medida de productividad es la duración de cada conversación telefónica, lo cual se supervisa sin reparos”, afirmándose que ello supone un fuerte estrés para el trabajador, ya que no se toma en consideración “ni el humor ni la actitud verbal del cliente al que se está atendiendo”.  Desde los documentos comunitarios se subraya la incidencia que Internet está teniendo sobre las estructuras tradicionales del mercado, trastocándolas al aportar una infraestructura comun mundial para la entrega de una amplia gama de servicios de comunicaciones electrónicas, poniendo de relieve que “los servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público a través de Internet introducen nuevas posibilidades para los usuarios, pero también nuevos riesgos para sus datos personales y para su intimidad”[27]. El profesor Ulrick Beck ha puesto de relieve recientemente que nuestras sociedades occidentales empiezan a adaptarse a realidades y tipos de normalidad no occidentales que no anuncian nada bueno, “pues la desregulación y  la flexibilidad introducen en Occidente como normalidad lo que durante tiempo fue una catástrofe superable: la economía informal y el sector informal”, provocando además una mayor debilidad sindical la informalización de las relaciones laborales y contractuales[28]. Las “nuevas preocupaciones” en el lugar del trabajo son certeramente apuntadas por la OIT en su Informe de este año sobre el empleo en el mundo, refiriéndose al “estrés, el derecho a la intimidad, la propiedad intelectual o el derecho de acceso a los medios de comunicación”[29], a las que debe añadirse la preocupación cada vez mayor por las situaciones de acoso moral en el trabajo, que afectan según datos del Parlamento Europeo a un 8 % de los trabajadores de la UE, es decir, a cerca de 12 millones de personas, siendo las mujeres las mayoritariamente afectadas[30].

 

5. En definitiva, al iniciarse el nuevo milenio debemos repensar muchos conceptos y prácticas de las relaciones laborales, desde la perspectiva de garantizar los derechos del ciudadano trabajador, y pongo delante el término ciudadano porque cada día más los problemas que acaecen en la empresa no se refieren sólo a las estrictas relaciones de trabajo sino al pleno ejercicio de los derechos constitucionales de la persona. Ciudadanía que debe ir de la mano con mayores garantías de seguridad en su vida laboral, lo cual no es incompatible en modo alguno con una bien entendida flexibilidad; incluso en el que se califica como paraiso de las reglas flexibles en el trabajo, EE. UU, un excelente conocedor de su realidad social, el profesor Vicenç Navarro, afirmaba que “no es cierto que estemos asistiendo al final del trabajo fijo. En los EE.UU. los empresarios más inteligentes se han dado cuenta de que la variable más importante para aumentar la productividad es la satisfacción y el compromiso del trabajador en lugar del miedo”[31].

 

IV. PROPUESTAS SOBRE POLÍTICAS SOCIALES DE CREACIÓN DE EMPLEO Y LUCHA CONTRA LA EXCLUSIÓN SOCIAL EN ESPAÑA.

 

1.En el discurso de investidura del 25 de abril de 2000, el entonces candidato y después presidente de Gobierno Jose Mª Aznar, enfatizaba la necesidad de avanzar en la modernización económica y social de España, con nuevas reformas “cuyo principal objetivo es alcanzar el pleno empleo en el curso de la década”. Será necesario conocer entonces cuál es la realidad del empleo en España para saber las posibilidades de que dicha frase puede tener virtualidad en el futuro mediato; o dicho en otros términos, será necesario conocer y examinar los datos más relevantes de nuestro mercado de trabajo, examen que se realiza a partir de los datos más significativos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre de 2001 y de la valoración de la realidad del empleo y el desempleo durante el pasado año 2000.

 

2.En primer lugar, destaca el gradual incremento de nuestra tasa de actividad que alcanza ya el 51’32 %, es decir, nos encontramos con que más de la mitad de la población en edad legal de trabajar se encuentra en el mercado de trabajo, ya sea ocupada o bien buscando activamente trabajo, siendo la masculina el 63’83 % y la femenina el 39’72 %, y destaca en esta última que el porcentaje varia considerablemente en razón del nivel de estudios de la persona, pues supera el 60 % en quienes tienen estudios medios y superiores pero no pasa del 12 % entre quienes carecen de estudios. Es importante también resaltar, en esta misma línea, que el nivel de estudio afecta de manera considerable a las posibilidades de acceso al empleo, de forma que cerca de un 70 % de los desempleados inscritos en el Instituto Nacional de Empleo al finalizar el pasado año carecian de estudios o de formación profesional cualificada. La tasa de asalarización es del 79’5 %, cinco puntos y medio más que en 1989, incremento “originado íntegramente por el fuerte aumento de la importancia del empleo asalariado entre las mujeres”[32].

 

Durante el año 2000 se crearon 491.800 empleos y disminuyó en 268.000 personas el número de desempleados, con una ligera disminución del trabajo por cuenta propia y un exclusivo incremento del empleo en el ámbito del trabajo por cuenta ajena. La tasa de paro se situó en el 14’1 % de la población activa, es decir 2.302.000 personas, con un descenso de dos puntos respecto al año anterior. Según los datos de la EPA del segundo trimestre de este año, la tasa de paro masculina es del 8’99 % y la femenina del 18’91 %.

 

Por lo que respecta a la ratio de temporalidad, ésta se sitúa en en el 31’8 %.  El informe elaborado por el Banco de España sobre la evolución del empleo y el paro durante el año 2000 pone de manifiesto las variaciones de esta ratio de temporalidad según los sectores productivos, de tal forma que en la agricultura era del 58’9 %, del 26’6 % en la industria, del 59’1 % en la construcción (sector en donde el crecimiento del número de trabajadores por cuenta propia fue del 7’7 % respecto al año anterior) y del 27’7 % en los servicios.

 

La tasa de actividad podría incrementarse si la contratación a tiempo parcial alcanzara cotas equiparables a la media europea (18 %), ya que seguimos estamos cerca de diez puntos por debajo de ésta (el porcentaje de varones supera ligeramente el 3 % y el de mujeres el 17 %). En la Recomendación del Consejo de la UE del pasado 19 de enero, en que se pronuncia sobre la aplicación de la política de empleo en los Estados miembros, se recuerda al Estado español que tiene, entre otros retos, el de corregir las diferencias entre hombres y mujeres en cuanto al empleo y el desempleo, promoviendo en mayor grado que hasta el presente la igualdad de oportunidades a fin de mejorar la presencia femenina en el mercado laboral. Ahora bien, dicho incremento no debería producirse por la via de la merma de los derechos de los trabajadores contratados al amparo de esta modalidad, merma ocultada bajo una aparente mayor flexibilidad a la que se refiere la reciente reforma normativa del mercado de trabajo. Algo podemos aprender de la reciente reforma de la normativa alemana (Ley de 16 de noviembre de 2000) que explico brevemente a continuación.

 

La ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2001, tiene por finalidad adecuar la normativa alemana en materia de contratación a tiempo parcial y temporal a las necesidades cada vez más cambiante del mercado de trabajo, así como adecuar dicha normativas a las Directivas emanadas de la Unión Europea. También pretende, aunque es bien sabido que las normas sólo tienen una importancia relativa a la hora de cambiar pautas sociales, incentivar el crecimiento del empleo a tiempo parcial entre los varones, dado que según datos de 1999 el 87 % de las personas que trabajaban acogidos a esa modalidad eran mujeres.

 

La normativa alemana ya recoge con carácter general el principio de igualdad de trato entre trabajadores a tiempo completo y tiempo parcial desde 1985, pero ha reforzado en la nueva normativa dicho principio. En línea con las normas comunitarias, un trabajador a tiempo completo tendrá derecho, como regla general, a disminuir su jornada de trabajo, salvo que exista un acuerdo en contrario en convenio colectivo o que existan razones organizativas empresariales (ej: que la medida tuviera un impacto negativo en la productividad o un incremento de costes) debidamente acreditadas. Los trabajadores a tiempo parcial tendrán preferencia para poder ocupar las vacantes que haya en la empresa a tiempo completo. Igualmente, la empresa deberá comunicar  a los trabajadores que deseen modificar su tiempo de trabajo, así como a sus representantes, las vacantes existentes y las posibilidades de participar en acciones formativas.

 

La norma sólo será de aplicación a las empresas de más de 15 trabajadores y quien solicite una reducción semanal de su jornada deberá tener una antigüedad mínima en la empresa de seis meses. En cuanto a la tramitación de la petición, esta deberá formularse con tres meses de antelación y con indicación de la nueva distribución que se propone del tiempo de trabajo. Durante dicho período ambas partes deberán dialogar al objeto de intentar llegar a un acuerdo, en el bien entendido que la negativa empresarial sólo podrá basarse en razones internas debidamente justificadas. 

 

3.En segundo lugar sigue siendo alto el paro existente, aunque bien en cierto que en menor medida que el año anterior, como acabamos de apuntar. En el año 2000 hubo un descenso importante de 260.000 personas en la relación de desempleados con respecto al año anterior y es un dato que debe valorarse positivamente, pero estas luces no nos deben, no obstante, impedir  ver las sombras que hay detrás de los datos de las personas desempleadas, con especial atención a la problemática del colectivo femenino y de los desempleados de larga duración. La UE recordaba, en la Recomendación de 14 de febrero de 2000 , que un reto de la política de empleo española es corregir la tasa de desempleo de larga duración que es la más importante de los países de la Unión y que a juicio del Consejo “no disminuirá hasta que los altos flujos de incorporación al desempleo de larga duración se reduzcan de forma significativa”, y dicha preocupación la ha reiterado en la Recomendación antes citada de  19 de enero de 2001 sobre la aplicación de la política de empleo de los Estados miembros. No podemos olvidar, además, que el desempleo constituye un innegable despilfarro de recursos humanos y que puede llegar a socavar la cohesión social por la generación de importantes tensiones y conflictos sociales. No me parece positivo que el gobierno dedique una parte del superavit presupuestario del INEM para financiar las políticas activas de empleo y que no dedique buena parte de esos recurso disponibles a incrementar, bien las cuantías de las prestaciones asistenciales, bien a posibilitar el incremento del número de sujetos que puedan tener acceso a dichas prestaciones ante la situación de carencia de trabajo.  Esta actuación gubernamental también ha sido criticada por el sindicato CC.OO. al analizar el anteproyecto de presupuestos del INEM para el año 2002, afirmando que las aportaciones de los trabajadores ocupados cubren íntegramemente todas las políticas dirigidas a las personas en desempleo, circunstancia que implica “desligar al resto de la sociedad de sus obligaciones con las personas con mayores dificultades, las que están sin trabajo remunerado”, y que el excedente logrado con las cotizaciones no utilizadas para pago de prestaciones (se calcula que será un montante de 542.000 millones de pesetas en el años 2002) “se podrán pagar todas las políticas de fomento de empleo, escuelas taller, gastos de funcionamiento e inversiones”[33]. Dicho sea incidentalmente, y por su conexión con el punto ahora objeto de estudio, el proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social para el año 2002 endurece los requisitos previstos para acceder al subsidio por desempleo regulado en el art. 216 del  Texto refundido de la Ley General de Seguridad Social (LGSS). Se añaden dos nuevos párrafos al art. 219 de la LGSS, y se dispone (a los efectos que ahora nos interesan) que “cada vez que se hayan devengado seis meses de percepción del mismo, los beneficiarios deberán presentar una solicitud de prórroga, acompañada de la documentación acreditativa del mantenimiento de los requisitos de acceso”.

 

Además, para reconocer esa prórroga, “la Entidad Gestora podrá exigir a los beneficiarios del subsidio que en el momento de solicitud de las mismas, suscriban un compromiso de realizar acciones favorecedoras de su inserción laboral y los Servicios Públicos de Empleo aplicarán a los trabajadores que hayan suscrito el compromiso las citadas acciones”.

 

También se prevé mas dureza en otro supuesto. Para mantener la percepción del subsidio previsto para los mayores de 52 años “los beneficiarios deberán presentar ante la entidad gestora una declaración de sus rentas, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda” .

 

4.En tercer lugar, nuestra tasa de empleo (porcentaje de ocupados respecto de la población de cada grupo de edad), sigue siendo baja (cerca del 42 %) en comparación con la media comunitaria, siendo especialmente significativa la diferencia porcentual entre hombres y mujeres, alrededor del 54 y del 29 %, respectivamente, contrapuesta con los datos de desempleo para cada sexo. 

 

5.En cuarto lugar, destaca la importancia de la contratación temporal en el volumen total de contratación, como ya he indicado con anterioridad, y que llevaba al Consejo de la Unión Europea a recordarnos en el año 2000, como aspecto no especialmente favorable de nuestro mercado laboral, que en España “la proporción de empleados con contratos de duración determinada, en su mayoría de corta duración, es muy alta, representando casi la tercera parte del número total de contratos”, aun cuando también debe reseñarse el paulatino incremento de la contratación estable indefinida a partir de los acuerdos suscritos entre los agentes sociales el mes de abril de 1997; preocupación que ha seguido manifestando en las Recomendaciones del año 2001.

 

6. En quinto lugar es importante prestar atención al número de trabajadores ocupados en cada empresa. Los datos del Directorio Central de Empresas (DIRCE) a 1 de enero de 2001 son suficientemente significativos de la conformación del tejido empresarial español, basado en pequeñas empresas y con un número reducidísimo de personal asalariado.

 

En efecto, baste aquí indicar que el 53’3 % de las empresas españolas no emplea ningún asalariado, y un 26’2 % tiene entre 1 y 2 asalariados (1.408.792 y 692.964, respectivamente). Las empresas de más de 20 trabajadores (71.439) representan solo el 5’8 % del conjunto de las que tienen asalariados. Si nos fijamos en el sector económico destaca que en los sectores agrupados bajo la rúbrica “resto de servicios” el 84’1 % de las empresas agrupan a 2 o menos trabajadores, porcentaje muy similar a las del sector comercio, un 82’3 %. No obstante, conviene matizar que el reducido tamaño de las empresas por número de trabajadores no guarda relación con el número de trabajadores que trabajan en las empresas, ya que “el 36 % trabajan en empresas de 250 o más trabajadores”[34].

 

7.La política económica y laboral seguida en los últimos años no puede calificarse sino de contradictoria. Si de una parte se apostó a partir de 1997 por el incremento de la contratación indefinida, mediante la técnica legislativa de la incentivación económica a dicha contratación, no se adoptó medida alguna que permitiera reducir el importante volumen de contratación temporal existente, e incluso las medidas adoptadas en el seno de las Administraciones Públicas han contribuido al incremento de la tasa de temporalidad en el sector público. Además, la reciente reforma legislativa operada por el Real Decreto Ley 5/2001 de 2 de marzo primero y después por la Ley 12/2001 de 9 de julio, sigue sin establecer mecanismo legal alguno que incentive la disminución de dicha tasa, dejando a los agentes sociales que adopten las medidas que consideren adecuadas al respecto, y es de todos sabido la contraposición existente entre las posturas empresariales y las sindicales, e introduce preocupantes formulas de flexibilización de las modalidades contractuales del trabajo a tiempo parcial y del trabajo fijo discontinuo que, si son mal utilizadas, pueden significar tanto un incremento de la real jornada del trabajador como una disponibilidad absoluta hacia las ordenes emanadas de la parte empresarial. Tampoco podemos olvidar el preocupante grave incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, responsabilidad ciertamente no única y exclusiva del gobierno sino compartida en buena medida con aquellas empresas que no cumplen la misma, todo lo cual ha llevado nuevamente a la UE a manifestar su preocupación por el elevado número de accidentes laborales que ocurren en nuestro país. Al respecto, el “Informe Duran” apunta que “la edad, el tipo de contrato y la antigüedad en el puesto son un conjunto de variables que ayudan a entender los datos sobre siniestralidad laboral”[35], y tras un examen de los datos existente constata la existencia de una estrecha asociación entre temporalidad y riesgo de accidente de trabajo, si bien manifiesta de forma clara y contundente que “parece descartable que la reducción de la temporalidad fuese capaz por sí sola de reducir sustancialmente el riesgo de los accidentes de trabajo” y de ahí que se plantee la necesidad de estudiar la influencia de otros factores “tales como la experiencia, el tipo de ocupación y  las condiciones en que se desarrolla el trabajo”, además de sugerir que las nuevas organizaciones del trabajo puede influir en esa siniestralidad, tales como “la descentralización de la producción, la proliferación de centros de trabajo menores, la fragmentación empresarial y/o productiva, y  la subcontratación”. [36] 

 

8. Debemos estar cada vez más atento en nuestro país no ya al análisis de la cantidad de empleo que se crea, sino muy especialmente de la calidad de este, pues el riesgo de una dualización en el mercado de trabajo entre quienes disponen de buenos empleos y una adecuada cualificación profesional y aquellos que se encuentran en situación de precariedad y sufren de carencias formativas, especialmente en el ámbito de las nuevas tecnologías de la comunicación y  la información, es ya algo más que una mera hipótesis de trabajo. Las carencias se concentran más en los jóvenes con déficits educativos que en los mayores, más en las mujeres que en los hombres, y más en unas regiones que en otras. Además, son especialmente sensibles a esta problemática los trabajadores mayores entre 40 y 45 años que pierden su empleo, las personas con discapacidad, las minorías étnicas y los inmigrantes. La incertidumbre sobre el inmediato futuro laboral para buena parte de las personas incluidas en los grupos referenciados lleva aparejada el riesgo de su deterioro psíquico y físico, la merma de su capacidad de socialización y movilización, y el riesgo de que se consideren seres fracasados en el seno de una sociedad que hace del éxito laboral una virtud relevante a los ojos de la ciudadanía.

 

9. No podemos dejar de tomar en consideración la especial situación de las personas con discapacidad, ya que un reciente estudio realizado por el IMSERSO, INE y la Fundación ONCE pone de manifiesto que cerca del 9 % de la población española tiene alguna deficiencia, es decir 3.528.221 personas, siendo un 58 % de ellas mujeres. Si bien el plan de medidas pactado entre el Gobierno y  el Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI) ha permitido la generación de 30.000 nuevos contratos para personas con discapacidad, la tasa de desempleo de este colectivo sigue siendo tres veces superior a la media nacional, por lo que deberá seguir incentivándose su incorporación al mercado regular o tutelado de trabajo, en la línea de los documentos comunitarios emanados de la Comisión, el Consejo y el Parlamento europeo en los que se propone a los Estados miembros que incentiven a las empresas con medidas fiscales y de reducción de cotizaciones a la Seguridad Social para contratar trabajadores con discapacidad, y a las Administraciones Públicas a que incluyan los “aspectos sociales” en los criterios a tomar en consideración a la hora de adjudicar los concursos públicos, tal como propone también una reciente Comunicación de la Comisión.

 

10. Igualmente, las políticas sociales deben prestar atención, en su vertiente de creación de empleo para facilitar la vida de las personas mayores, al importante proceso de envejecimiento de la población española, pues si en el año 1998, según datos extraidos del recientemente publicado Informe 2000 elaborado por el IMSERSO, un 16’2 % de la población total (algo más de seis millones y medio) era mayor de 65 años, este porcentaje superará el 20 % en torno al año 2.020 al llegar a la edad de jubilación las generaciones de los años 60-70.

 

V. LA INCLUSION SOCIAL. MARCO COMUNITARIO.  

 

1.Con la aprobación, posterior ratificación y subsiguiente entrada en vigor del Tratado de Amsterdam el 1 de mayo de 1999, por primera vez en la historia comunitaria el empleo es considerado como un objetivo básico de las políticas económicas europeas y  un asunto de interés común  considerándose la obtención de un alto nivel de empleo como un objetivo comunitario expreso. Fomento del empleo y lucha contra la exclusión social que son dos piezas básicas para reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones de la UE, asumiendo una tarea relevante en esta reducción de las desigualdades los Fondos Estructurales comunitarios.

 

Debe también mencionarse la Carta Europea de Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores, aprobada en la cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de Niza el 7 de diciembre de 2000, cuyo art. 34.3 dispone que “con el fin de combatir la exclusión social y  la pobreza, la Unión reconoce y respeta el derecho a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no dispongan de recursos suficientes, según las modalidades establecidas por el Derecho comunitario y las legislaciones y prácticas nacionales”

 

2.Buena parte de la reflexión previa sobre la importancia del empleo y  la lucha contra la exclusión social en las políticas comunitarias, y que llevaría a su incoporación al Tratado, se encuentra en el importante Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo, elaborado en 1994 bajo el mandato de Jacques Delors y que apostaba por un modelo de crecimiento económico más intensivo en empleo, mediante la puesta en marcha de políticas activas de mercado de trabajo; ello, con el objetivo de conseguir no sólo generar riqueza e ingresos suficientes para mantener los niveles de protección social, sino también para dar una respuesta positiva a la difícil situación de millones de personas que, desempleadas o excluidas, se encontraban involuntariamente fuera del mercado de trabajo. La idea eje de dicho texto, y que ha quedado incoporada al acervo comunitario, es que si la creación de riqueza es esencial para el progreso social, un adecuado entorno social también es un factor esencial para el desarrollo económico.

 

3 Hay que prevenir y erradicar la pobreza y promover la integración y participación de todos en la vida económica y social, promoviendo más y mejores oportunidades de trabajo para los grupos más vulnerables, o por decirlo con palabras de las Directrices sobre el empleo para el año 2001 es necesario adoptar un conjunto coherente de políticas por parte de los Estados miembros “que faciliten la integración social mediante el apoyo a a inclusión de los grupos e individuos desfavorecidos en el mundo del trabajo y (que) permitan luchar contra la discriminación en el acceso al mercado de trabajo y dentro de él”, al objeto de evitar “la marginación, la aparición de  trabajadores pobres y la deriva hacia la exclusión”; adopción de medidas para lo que es necesario tener un conocimiento correcto de la situación, es decir no sólo de cuál es la realidad sino sobre todo de los mecanismos que generan la pobreza y de los procesos que permiten salir de ella, a fin de saber como inciden tales mecanismos en los ámbitos del mercado de trabajo, de los sistemas de protección social, o en el ejercicio de las solidaridades sociales y familiares, tal como pone de manifiesto el Informe 2000 elaborado por el Observatorio nacional francés de la pobreza y la exclusión social. 

 

4.La lucha contra la pobreza y exclusión social ha adquirido un mayor impulso en el ámbito comunitario a partir de las posibilidades ofrecidas por el art. 137 del Tratado de Amsterdam y por la aprobación de un programa de acción comunitario para fomentar la cooperación entre los Estados miembros en este terreno, y aún podría alcanzar una mayor importancia si se ratifica por los Estado miembros el reciente Tratado de Niza, cuyo art. 137 reformado establece la posibilidad de que las decisiones sobre políticas de lucha contra la exclusión social puedan adoptarse por mayoría cualificada.

 

En efecto, en el Consejo europeo de Ministros de Empleo y de Política Social del 27 y 28 de noviembre de 2000 se dió el visto bueno a la proposición de Decisión presentada por la Comisión Europea sobre un programa comunitario de lucha contra la exclusión social para el período 2001-2005 y con una partida presupuestaria asignada de  70 millones de euros (ampliada finalmente a 75), programa al que será aplicable el metodo abierto de coordinación ya instaurado para elaborar los Planes de Empleo y que permitirá así fijar objetivos apropiados a nivel comunitario y la posterior aplicación en los Planes Nacionales de Acción, en el bien entendido que serán necesarias medidas y respuestas en todos los ámbitos de gobierno (desde el local al europeo) y que todas las políticas comunitarias (y no sólo las especificamente dedicadas a abordar este fenómeno) deberán incluir medidas tendentes a garantizar el objetivo de la inclusión social.

 

Dicho programa se plantea como eje central y prioritario conseguir que toda persona pueda mantenerse, ya sea a través de un empleo remunerado o de otro medio, o integrarse en la sociedad,  y tiene tres objetivos fundamentales: mejorar la comprensión de la exclusión social y de la pobreza; organizar intercambios sobre las políticas llevadas a cabo en los Estados y las enseñanzas mutuas; desarrollar la capacidad de los actores para abordar la exclusión social y la pobreza con eficacia, apoyando las redes en el ámbito de la UE y promoviendo el diálogo con las personas implicadas. Este programa va de la mano con el reconocimiento expreso que ha hecho la UE de luchar contra toda forma de pobreza y exclusión social, plasmada en la Carta de los Derechos Fundamentales aprobada el día 7 de diciembre de 2000 en Niza tal como he explicado con anterioridad. 

 

Es decir, se plantea la necesidad de actuar en varias dimensiones para lucha contra ese fenómeno que se extiende por Europa, con un conjunto de medidas que actúen en ambitos como los del empleo, protección social, educación, salud y vivienda, y que afectan a una amplia variedad de grupos sociales y territorios, debiendo existir una coherencia  entre las políticas de prevención y lucha contra la pobreza y exclusión social y  las políticas macroeconómicas, tal como ha propugnado y defendido el Parlamento Europeo, con el objeto de garantizar un mayor equilibrio entre desarrollo económico y cohesión social, “situando este entre las primera preocupaciones de la UE y dando prioridad al desarrollo humano”.

 

En suma, el objetivo de las políticas de lucha en este terreno, que deberán respetar el principio de subsidiariedad, debe ser el de favorecer una mejor comprensión del fenómeno de la exclusión social integrando la promoción de la solidaridad en todas las políticas sociales de los Estados miembros, definiendo las acciones prioritarias para los grupos que puedan beneficiarse de aquellas, y dejando a los Estados miembros la elección de las acciones más adaptadas a su situación particular.

 

Con carácter más concreto y específico, los objetivos que deben perseguir los Estados miembros y la Comisión, cada uno en su respectivo ámbito de actuación competencial, son los siguientes: fomento de la participación en el empleo y del acceso a los recursos, derechos, bienes y servicios por parte de todos, con especial atención a la utilización de las oportunidades de inserción y de empleo de la economía social; prevención de los riesgos de exclusión, con especial atención a las nuevas realidades de la sociedad del conocimiento; actuación a favor de los más vulnerables por razón de su minusvalía física, psíquica o social; movilización de todos los agentes implicados en políticas de lucha contra la exclusión social, con especial atención a propiciar la movilización conjunta de todas las autoridades en los ámbitos nacional, regional y local, “cada una dentro de sus competencias respectivas”, así como la responsabilidad social de las empresas.  Esos objetivos han quedado plasmados en los planes estatales de inclusión presentados por primera vez este año a la Comisión. 

 

Buena parte de las líneas maestras de la actuación comunitaria se encuentran en su importante texto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado mes de marzo sobre la lucha contra la pobreza y  la exclusión social[37]. La idea básica del documento del Consejo es que las políticas de lucha contra la exclusión deben basarse en el método abierto de coordinación, combinando los planes de acción nacionales con el programa de acción presentado por la Comisión para favorecer la cooperación en este asunto, dentro de las líneas generales de la política general de la UE basada en los arts. 136 y 137 del Tratado de Amsterdam. Desde esta planteamiento previo, el Consejo destaca la necesidad de enfatizar el enfoque pluridimensional de la lucha contra la pobreza y la exclusión social, de forma que sin olvidar la importancia que asume en este ámbito una adecuada política de empleo y otra de protección social, también adquieren una importancia relevante las vinculadas a otros factores como son la vivienda, educación, salud, información y comunicación, movilidad, seguridad y justicia, tiempo libre y cultura.

 

5.En el ámbito de la UE, su observatorio de las políticas nacionales de lucha contra la exclusión social ha constatado, en línea semejante con lo que acabo de explicar, que la exclusión va estrechamente vinculada a la pérdida de derechos de ciudadanía, derechos que no pueden ejercerse de forma permanente y que les sitúan en inferioridad respecto al resto de la población cuando “están en situación de desventaja en relación con los sistemas educativos y de formación con el trabajo, con las condiciones de vivienda, con los recursos económicos, etc”. Por su importancia, me detengo brevemente en este punto y analizo tres documentos comunitarios que afectan en gran medida, de forma directa o indirecta, al objeto de mi estudio. 

 

En primer lugar, cabe referirse a un importante documento de la Comisión Europea del pasado año[38]. La tesis más importante de dicho documento es que además de las exclusiones sociales “clásicas”, hay que prestar atención con las que podrían (pueden) aparecer con la evolución hacia la economía y la sociedad del conocimiento. El progreso económico no supone necesariamente ventajas para todos, y la economía del conocimiento requiere cada vez más la capacidad de adaptación de las empresas y de la mano de obra, y crea nuevas diferencias entre quienes poseen las competencias, las calificaciones y las aptitudes requeridas, y quienes carecen de ellas.

 

En el texto se recogen datos de Eurostat que demuestran que alrededor del 18 % de la población de la Unión Europea vive con menos del 60 % de la renta media nacional (nivel por el que se mide la pobreza relativa), y varia del 11 al 24 % según los Estados. Gracias a las transferencias sociales (excluidas las pensiones) el porcentaje es el citado, ya que si no existieran alcanzaría el 26 %.

 

En el texto se explica de forma clara y detallada como en las sociedades ricas de la UE existen zonas y barrios desfavorecidos y grupos de alto riesgo, tales como desempleados de larga duración, hogares monoparentales, menores, quienes han salido prematuramente del sistema educativo, hogares con rentas bajas, personas discapacitadas, etc.  En la UE cerca del 12 % de las personas que tienen un empleo viven en la pobreza (“pobreza laboriosa”) y ello se explica a menudo en gran medida porque los trabajadores de hogares con rentas bajas ocupan a menudo empleos débilmente remunerados.

 

En otro importante documento comunitario de la misma fecha[39] se pone de manifiesto que las nuevas evoluciones sociales y motores del cambio son, básicamente, las tendencias demográficas y sociales, la mundialización, la revolución de la información y de la comunicación, y la nueva economía basada en el conocimiento, y se defiende que para alcanzar la eficacia económica y lograr una mayor prosperidad hay que potenciar el desarrollo tecnológico, la educación y la cohesión social.

 

Elemento relevante a juicio de la Comisión es el envejecimiento de la población europea. La tasa global de fecundidad de la UE ha pasado de 2’59 hijos en 1960 a 1’45 en 1998. En el mismo período ha pasado del 11 al 16 % el número de personas mayores de 65 años, y dentro de diez años los paises comunitarios tendrán el doble de personas mayores de 65 años que en 1960 (69 millones frente a 34).

 

Otro elemento relevante que destaca la Comisión es el  aumento de las migraciones internacionales con incidencia en el crecimiento demográfico de la UE (75 % de este en 1995 y 62 % en 1998). Si no hubiera migración la población de Grecia, Italia y Suecia hubiera decrecido en número.

 

Un nuevo elemento significativo es que en la UE el 70 % de las rentas disponibles proviene del trabajo (ya sea asalariado o por cuenta propia). Las categorías más afectadas por rentas bajas son los padres solteros, las familias numerosas, les personas que viven solas (en especial las mujeres) y los desempleados.

 

En el texto se enfatiza que es importante disponer de estudios, y cuanto más elevados en titulación mejor para acceder al mundo laboral. En la UE el desempleo de los titulados superiores es del 6 % en 1997, frente al 10 % de aquellos que habían finalizado los estudios secundarios y el 14 % para quienes se habían detenido en el período de escolaridad obligatoria.

 

Destacan las consideraciones sobre que se vive más pero se sale antes (los hombres) del mercado de trabajo. Entre 1986 y 1997 la tasa de actividad de los trabajadores de 55 a 64 años ha caido en un 6 %, si bien la de las mujeres se ha incrementado en un 4 %. Según la UE la caida masculina es debida al fenómeno de las reestructuraciones industriales, y en muchas ocasiones no es voluntaria. Una encuesta del Eurobarómetro puso de manifiesto que al menos el 40 % de los prejubilados hubiera preferido continuar ejerciendo una actividad profesional. Además, cada vez es mayor el número de personas entre 55 y 60 años con buena salud y que desearían conservar alguna forma de trabajo o de implicación en la vida laboral más alla del fin oficial de su vida profesional.

 

Por último, me refiero a un tercer documento comunitario en el que se abordan las políticas de apoyo al empleo[40]. El texto enfatiza los desafios con los que se enfrenta en la actualidad la UE: diferencias hombres-mujeres; déficits en competencias profesionales; desequilibrios regionales; tendencias demográficas; presión de la concurrencia mundial.  Por ejemplo, las disparidades regionales en tasas de empleo n